Reestructuración de deuda pública - Decreto 391/2020

Estimado cliente:

 

Por medio de la presente, le hacemos saber que a través del D.N.U. N° 391/2020 (en adelante, el “DNU Originario”, su rectificación mediante D.N.U. N° 404/2020 (en adelante, el “DNU Rectificatorio”) y lo dispuesto en el D.N.U. N° 676/2020 (en adelante, el “Nuevo DNU” y conjuntamente con los DNU Originario y el DNU Rectificatorio, los “DNU”), el Poder Ejecutivo Nacional aprobó una nueva oferta para la reestructuración de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera detallados en los DNU.

 

Los alcances y los términos y condiciones de la operación se encuentran detallados: (i) en el modelo de Suplemento de Prospecto (“Prospectus Supplement”) obrante -junto con su traducción al idioma castellano- como Anexo II al DNU Originario; (ii) la rectificación dispuesta mediante el DNU Rectificatorio y (iii) el modelo de Enmienda N° 1 al Suplemento de Prospecto obrante en Anexo I del Nuevo DNU.

 

Asimismo, se ha dispuesto la emisión, por hasta las sumas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el DNU, de una o varias series de instrumentos denominados en Dólares Estadounidenses y Euros cuyas condiciones financieras obran: (i) en el Anexo III (IF-2020-26772030-APN-UGSDPE#MEC) que forma parte integrante del DNU Originario como “Condiciones de Emisión de los Nuevos Títulos”; (ii) la rectificación dispuesta mediante el DNU Rectificatorio; (iii) en el Anexo II (IF-2020-43077857-APN-UGSDPE#MEC) que forma parte integrante del Nuevo DNU como “Condiciones de Emisión de los Títulos Nuevos”.

 

Podrá obtener toda la información antes referida  accediendo a los siguientes links: 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228117/20200422

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228213/20200424

https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2020070601NS.pdf

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233685/20200816

 

Para seleccionar e informar su adhesión usted puede consultar el listado de las especies elegibles en el documento Canje 582-2020 anexo e imprimir, llenar y firmar el formulario adjunto en esta página denominado Carta Mandato Canje mb 582-2020.

 

La recepción de dicho formulario será mediante entrega física en nuestro domicilio (Primer Piso - Oficina de Títulos -San Martín 299,  Ciudad Autónoma de Buenos Aires)  los días 24 y 25 de agosto – de 10 a 15 hs., previa solicitud de turno. (*)

 

Importante: si Ud. ya adhirió al canje con anterioridad al presente no será necesario que nos envíe el formulario precedentemente indicado.

 

 (*) El contenido del presente sitio no constituye asesoramiento en inversiones ni una invitación a realizar cualquier operación con los títulos públicos referenciados en este aviso (en adelante, los “Títulos Públicos”) a través de Mariva Bursátil S.A. Cualquier persona interesada en analizar y, en su caso, operar los Títulos Públicos, deberá consultar la información contenida en sus respectivos documentos de emisión. Se advierte que parte de la información del presente aviso está constituido por estimaciones futuras y que debido a riesgos e incertidumbres, los resultados reales o incluso el desempeño de cualquiera de los Títulos Públicos podrían diferir significativamente de lo expresado en las estimaciones futuras. La información aquí contenida está sujeta a cambios y modificaciones y no puede ser considerada definitiva por aquellas personas que tomen conocimiento de ella. El receptor deberá basarse exclusivamente en su propia investigación, evaluación, juicio y asesoramiento independiente para tomar una decisión relativa a la inversión en los Títulos Públicos, no siendo responsable Mariva Bursátil S.A. ni ninguno de sus directores, accionistas o empleados por ninguna de las decisiones adoptadas.